Un poco de orden legal en el caos de buenas intenciones del crowfunding votacion online televoto votacion interactiva

En los últimos años la modalidad conocida como micromecenazgo (crowfunding) ha servido tanto para un roto como un descosido. Así, bandas de música han recaudado los fondos necesarios para publicar su primer álbum gracias a las donaciones de los particulares, ciertas películas han conseguido rodarse y vencer el varapalo de de la falta de inversores e incluso el partido político Podemos, liderado por Pablo Iglesias, pudo plantear su querella por difamaciones contra Esperanza Aguirre a través de esta particular forma de obtener crédito e incluso planea repetir la hazaña, esta vez de 80.500 euros, para sufragar los gastos de su asamblea ciudadana.

Por lo tanto, vista la popularidad del micromecenazgo, no extrañan los derroteros legislativos que está tomando el Gobierno que ha incorporado al proyecto de ley de Fomento de la Financiación un apartado destinado a regular este tipo de iniciativas.

De esta manera, ha establecido los límites tanto para personas físicas como jurídicas que por medio de crowfunding pretendan invertir en terceros proyectos. En concreto, la regulación distingue entre inversores acreditados y no acreditados. Entre los primeros podríamos citar a aquellas empresas que rebasen una determinada cantidad de activos (un millón), una cifra de negocio (dos millones), además de todas las personas físicas o jurídicas cuyas rentas excedan los 50.000 euros al año o que sean dueños de un patrimonio de más de 100.00 euros y se decanten por este tratamiento.

Los mencionados inversores acreditados disfrutarán de la potestad de destinar sin límite alguno la cantidad que deseen a esta clase de proyectos, mientras que los no acreditados deberán ceñirse a unas cifras que en ningún caso podrán superar los 3.000 euros por iniciativa.

A esto se añade que las plataformas de financiación colectiva se someterán a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que acotará su actuación con una serie de normas.

Mientras que las webs dedicadas a los préstamos entre particulares quedarán sujetas al Banco de de España.

Parece que la nueva ley se ha ganado las simpatías de la mayoría de inversores y plataformas de financiación. Veremos si la amistad perdura con el tiempo. En definitiva, un poco de orden legal en el caos de buenas intenciones del crowfunding

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