Votación online renovación de cargos Consejo Rector

Son muchas las ventajas de las votaciones online cumpliendo con la Ley de Cooperativas. Sin embargo, los miembros del Consejo Rector deben ser renovados individual o conjuntamente cada cuatro años.

No obstante, podrán renovar o presentarse nuevamente los miembros vigentes hasta ese momento del Consejo Rector si así se lo solicita la Asamblea General Ordinaria. 

Del mismo modo, todos deben cumplir un riguroso protocolo de presentación de candidaturas alternativas, cumpliendo los requisitos recogidos en la Ley de Cooperativas que pasan por:

  1. CONVOCAR de manera específica la Asamblea General Ordinaria.
  2. PRESENTAR Y ACEPTAR las candidaturas alternativas.
  3. NOMBRAR a los miembros de la Mesa Electoral.
  4. INSTRUMENTAR el SISTEMA DE VOTACIÓN.
  5. FORMALIZAR el nombramiento de los Candidatos Elegidos en el Acta correspondiente.
  6. CERTIFICAR los nombramientos y destituciones de los miembros entrantes y salientes.
  7. INSCRIBIR en el Registro de Cooperativas dichas modificaciones.

Las ventajas de las votaciones online son: una manera más sencilla de votar, aumento de la participación y menos votos nulos.

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