La Ley 1/2026 actualiza la participación digital de las cooperativas y permite organizar asambleas presenciales, telemáticas o híbridas con garantías de identidad, quórum, seguridad y trazabilidad.
Qué es la Ley 1/2026 y por qué es importante
La Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de la economía social, modifica, entre otras normas, la Ley 27/1999 de Cooperativas. Su objetivo es adaptar el funcionamiento de las cooperativas a la realidad digital y concretar cómo pueden ejercer sus derechos las personas socias mediante medios telemáticos.
Entró en vigor el 10 de abril de 2026. La parte que afecta a las asambleas, al voto y a la participación digital se dirige principalmente a las cooperativas sometidas a la legislación estatal, respetando las competencias de las comunidades autónomas.
Descarga y consulta de la norma
Puedes consultar el texto oficial publicado en el Boletín Oficial del Estado o descargar el PDF completo de la Ley 1/2026.
La versión consolidada facilita la lectura, pero para fines jurídicos debe consultarse siempre la publicación oficial del BOE.
¿Para qué sectores se aplica?
La ley tiene un ámbito general relacionado con la economía social, pero las reglas concretas sobre asambleas telemáticas, quórum y voto electrónico se aplican directamente a las cooperativas. No es una ley general que autorice automáticamente cualquier votación online.
- Cooperativas: asambleas generales, consejos rectores, elecciones internas y participación de las personas socias.
- Empresas de inserción y otras entidades de economía social: la ley introduce medidas específicas en su propio ámbito.
- Asociaciones, federaciones, colegios profesionales, comunidades y sociedades mercantiles: deben atender a su normativa sectorial, estatutos y reglamentos electorales.
¿Se puede celebrar una asamblea de una cooperativa online?
Sí. La Asamblea General puede celebrarse de forma presencial, íntegramente telemática o mixta. Para que sea válida, todas las personas con derecho de asistencia deben disponer de los medios necesarios, la secretaría debe reconocer su identidad y esa circunstancia debe quedar reflejada en el acta.
La reunión no debe reducirse a enviar un enlace o abrir una encuesta. La participación telemática debe permitir deliberar, intervenir y votar dentro del mismo proceso.
Requisitos técnicos y organizativos
La norma exige que se garanticen, como mínimo, estos elementos:
- Identidad y legitimación: saber quién asiste y comprobar que puede participar o representa válidamente a otra persona socia.
- Seguridad de las comunicaciones: proteger el acceso, la información y el contenido de la reunión.
- Participación en tiempo real: transmisión bidireccional de imagen y sonido para intervenir en la deliberación y en la toma de acuerdos.
- Mecanismo de voto: cada participante debe poder emitir su voto conforme a las reglas aprobadas.
- Confidencialidad: preservar el secreto cuando la votación sea secreta.
- Evidencias: asistentes, quórum, delegaciones, preguntas, votaciones y resultados deben poder documentarse para el acta.
Cómo se calcula el quórum con asistentes online
La asistencia telemática cuenta para el quórum cuando se cumplen las condiciones legales y estatutarias. Antes de abrir la sesión, la cooperativa debe disponer de un censo fiable y de un registro de quién está presente, quién participa por representación y desde qué modalidad.
La convocatoria y los estatutos determinan los porcentajes y mayorías aplicables. La plataforma ayuda a la mesa a visualizar el quórum y conservar la evidencia del cálculo, pero no sustituye la interpretación de los estatutos ni el asesoramiento jurídico.
Cuándo debe ser secreto el voto
La ley contempla el voto secreto, presencial o telemático, especialmente en elecciones o revocaciones de órganos sociales, acciones de responsabilidad y determinados asuntos disciplinarios. También cuando lo solicite una persona socia o el porcentaje mínimo previsto por la ley.
La vulneración del secreto puede provocar la nulidad de la decisión. Por eso hay que separar, cuando corresponda, la identidad necesaria para acreditar quién participa del contenido de la opción elegida.
Qué debe decir la convocatoria
Cuando la asamblea sea telemática o híbrida, la convocatoria debe informar de la modalidad y explicar cómo registrarse, acceder, participar en el debate, votar, utilizar una delegación y reflejar correctamente la reunión en el acta.
Qué debe recoger el acta
El acta debe dejar constancia de la relación de asistentes, la modalidad de asistencia, la existencia de quórum, el orden del día, el resumen de deliberaciones y los resultados de las votaciones. Es recomendable generar un informe final que permita a la secretaría trasladar los datos al acta con claridad.
Qué hay que preparar antes de una votación
- Censo: personas socias, representantes y derechos de voto.
- Preguntas: propuestas, elecciones o acuerdos.
- Reglas: quórum, mayorías, voto ponderado, delegaciones, secreto y horarios.
- Convocatoria: modalidad e instrucciones de acceso.
- Prueba: ensayo técnico con la mesa y participantes.
- Soporte: canal de ayuda y plan de contingencia.
- Informe final: resultados, participación y evidencias para el acta.
Asesoramiento de principio a fin
En Custom Vote no entregamos únicamente una herramienta. Acompañamos a la cooperativa durante todo el proceso: revisamos las reglas y el calendario, ayudamos a preparar el censo y las preguntas, configuramos el quórum, las mayorías, las delegaciones y el voto secreto, realizamos las pruebas técnicas, damos soporte durante la asamblea y entregamos los resultados y evidencias necesarios para cerrar el proceso y preparar el acta.
Antes de convocar, analizamos contigo qué modalidad encaja mejor —presencial, online o híbrida— y qué debe quedar definido en los estatutos, el reglamento y la convocatoria. Durante la sesión, la mesa dispone de control en tiempo real. Después, recibe un informe claro con participación, quórum, resultados y trazabilidad.
Votación híbrida: personas en sala y personas online
Con Custom Vote, una votación híbrida es sencilla: las personas que están en la sala y las que participan online votan dentro del mismo proceso. La mesa electoral controla la participación en tiempo real y, al cierre, obtiene resultados claros y documentados.
Preguntas frecuentes
¿A qué entidades afecta directamente la Ley 1/2026?
La regulación de asambleas telemáticas y participación digital modifica principalmente la Ley 27/1999 de Cooperativas. Afecta directamente a las cooperativas sometidas a esa legislación, sin perjuicio de la normativa autonómica aplicable.
¿Puede una cooperativa celebrar una asamblea completamente online?
Sí. La Asamblea General puede celebrarse íntegramente por medios telemáticos o de forma mixta, siempre que se disponga de los medios necesarios, se reconozca la identidad y todo quede reflejado en el acta.
¿La asistencia online cuenta para el quórum?
Sí, la asistencia telemática computa para determinar el quórum cuando se cumplen las condiciones legales y estatutarias de participación.
¿Qué debe garantizar una plataforma de votación?
Debe permitir identificar y legitimar a las personas asistentes, proteger las comunicaciones, facilitar la participación en tiempo real, controlar el mecanismo de voto y preservar la confidencialidad cuando proceda.
¿Cuándo debe ser secreto el voto?
En las elecciones o revocaciones de órganos sociales, en acciones de responsabilidad y en determinados asuntos disciplinarios. También cuando lo solicite una persona socia en los casos previstos o el cinco por ciento de las personas socias o cincuenta personas socias.
¿La ley se aplica automáticamente a asociaciones y federaciones?
No. Esta regulación concreta se refiere principalmente a cooperativas. Asociaciones, federaciones, colegios profesionales, comunidades y sociedades mercantiles deben revisar su propia normativa, estatutos y reglamentos electorales.
Conclusión
La Ley 1/2026 da un marco más claro para que las cooperativas organicen asambleas telemáticas e híbridas, pero exige planificación y garantías. La tecnología debe encajar con los estatutos, la convocatoria y las reglas de la cooperativa.
Si estás preparando una asamblea o una elección, podemos ayudarte a convertir el censo, las preguntas y las reglas del proceso en una votación segura, sencilla y documentada.
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